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Los últimos años la tendencia en Sudamérica es a que los puertos este cerca de su máxima capacidad de atención de líneas, buques y recibo de mercancía, tal como se evidencia en la siguiente grafica, lo cual ha contribuido al posicionamiento de operadores globales en esta región 

OPERADORES

Nosotros

 

Los operadores Portuarios en Colombia están debidamente constituidos y son vigilados por el Ministerio de Transporte y la Superintendencia General de Puertos de acuerdo a la resolución 478 de esta entidad.

El registro o calificación como Operadores Portuarios tendrá una vigencia de dos años contados a partir de su fecha de resolución y debe ser actualizada cada año; para lo cual deben estar a Paz y Salvo por todo concepto y su tasa de vigilancia.

Deben cumplir con requisitos organizacionales tales como

 

  • Personal calificado y suficiente para los servicios

  • Representante legal

  • Direccion y registro mercantil cuyo objeto social establezca operadores portuarios

  • Poliza de cumplimiento de pago de tasa de vigilancia, de responsabilidad social y contractual

  • Estados Financieros

  • Programa de inversión

  • Equipos y certificaciones de los mismos.

 

Además de encontrarse regulados por la Superintendencia deben contar con la certificación

PBIP : El código internacional para la protección de buques e instalaciones portuarias la cual rige en Colombia desde el pasado Julio de 2004 y es una herramienta fundamental para la elaboración de evaluaciones y planes de protección que busca asegurar el trafico del comercio internacional en Colombia; según la DIMAR el proceso para obtener esta certificación es el siguiente. 

 

PUERTOS EN COLOMBIA
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